¿Cómo evitar
el gasto de los formularios de las declaraciones de impuestos?

La elaboración de las
declaraciones tributarias para los contribuyentes que no están obligados a
presentarlas virtualmente (con firma digital) siempre generan un gasto de
papelería: el valor del formulario. Y si por alguna razón se daña el
formulario, además de la rabia y el juemadre, tenemos que volver a comprarlo.
¿Cuanto
cuestan los formularios?
¿Es posible
evitar el gasto de los formularios?.
Visto por unidad, quizás no
parezca importante su valor; pero visto por ejercicio, es decir, por año, la
cosa es distinta. Si se trata de una persona
jurídica o de una persona natural obligada a practicar retención en la fuente por renta ,
el valor de los formularios por ejercicio sería el siguiente:
- Por impuesto a las ventas
(6 periodos x $3.500): $21.000
- Por retención en la
fuente x renta (12 periodos x $3.500): $42.000
- Declaración de renta (1
periodo x $6.000): $6.000
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Total valor de formulario por ejercicio: $69.000
Este sería el valor del gasto de los formularios, si no se equivoca en el diligenciamiento.
Es importante tener
presente que algunas de las declaraciones hechas en formularios de papel pueden
generar inconsistencias relacionadas con los renglones donde se registran
valores (errores al escribir) que posteriormente a su presentación deban ser
corregidas. Para ello la DIAN envía un requerimiento especial.
¿Es posible
elaborar las declaraciones de Iva y de retención en la fuente por renta sin
pagar el valor del formulario? ¿Es posible evitar errores al escribir los
renglones donde van los valores?

La respuesta a estas dos preguntas es SI. Para mejorar
la gestión en la elaboración de las declaraciones tributarias, el portal de la
DIAN ofrece un servicio electrónico que consiste en facilitar el diligenciamiento de los formularios de iva, renta y rentención en la fuente por renta. Quiere decir que es necesario tener acceso a Internet.
Para acceder a los
servicios electrónicos que la DIAN ofrece, es necesario crear y activar una
cuenta. Las personas naturales lo pueden hacer con su último RUT actualizado.
Las personas jurídicas deben solicitar la creación y activación de la cuenta
directamente en la oficina de atención al contribuyente de la DIAN por medio del representante legal.
¿Le gustaría
que lo acompañaramos profesionalmente en la preparación y elaboración de sus declaraciones tributarias? Entonces contáctenos: